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Contabilizacoin gastos de ETT

Donde se deben contabilizar los gastos de personal de empresas de trabajo temporal. En una subcuenta de 640 o en algun otro grupo. Nosotros lo venimos haciendo en la 640, pero nos han pedido aclaraciones pues no coincidia los datos del impuesto de sociedades con los reflejados en la declaracion de los IRPF 180.
Muchas gracias

Yo lo metería en una 623 ya que lo que se contrata es el servicio prestado por la ETT y no se contrata directamente al personal.

La prestación de personal externo via ETT no puede considerarse dentro de la 64-Gastos personal, entre otros motivos por el evidente descuadre con las magnitudes declaradas en los modelos oficiales relativos al personal en plantilla.
En mi opinión, la cuenta correcta seria una 629 específica para tal menester, por ejemplo 629x-Prestación personal externo.
No puedo compartir la opción de la 623, porqué las ETT no ejercen como "profesionales independientes", al margen de su calificación jurídica.

Gracias por la aclaración.

Muchisimas gracias por la aclaracion.