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CONTABILIZACION INTERESES POR COMPRA SOLAR EMPRESA CONSTRUCTORA

Buenos dias. mi consulta es, si los intereses pagados por la financiación de la compra de un solar en una empresa constructora, en el que en un futuro construirá, se consideran gastos financieros o se incorporan como mayor bien del solar (en este caso a las existencias que es donde está contabilizado.
muchas gracias.

Si al momento de la compra del solar, éste resta ya en condición para utilizarlo en la promoción de vivienda, los intereses de su financiación deben pasar a gastos de ejercicio.
Seria propio activarlos,a lo largo del periodo en que en el solar se estuviesen desarrollando trabajos para conseguir su puesta a punto como tal, apto para iniciar en el una construcción.

gracias en primer lugar.
el solar está actualmente tal y como se compró y por el momento no se va a construir.
entonces ¿se podrian activar los intereses hasta que se inicien los trabajos de inicio para la construcción?

No, si el solar como tal, está listo desde el primer momento para construir en él, no ha lugar a capitalizar intereses de su financiación.

Pues es un tema complicado. Según el plan podrían meterse parte de ellos. EL PGC no dice nada sobre el momento de cuando deben realizarse los trabajos para estar el inmovilizado en condiciones de uso. Interpreto que si en un futuro nesesitara mas de un año para estar en uso, podrían meterse los gastos financieros correspondientes a la adquisición por el periodo de tiempo que media entre los trabajos realiados y su puesta en condiciones de uso.Me parece totalmente valido,no viendo ningún problema.

Mi duda es ¿como afecta el tiempo desde que se adquiere asta que se realizan las obras?. Nunca se van a empezar al momento de adquirirlo, pero eso no justifica el empezar a capitalizar 6 años mas tarde, por ejemplo. Lo "lógico" es empezar a capitalizar los gastos cuando se empiezan los trabajos unos pocos meses como maximo después. Esto es una opinión.

De esa forma, interpreto que se deberian llevar a gastos fiancieros los intereses asta que se empiezen los trabajos. Si los trabajos duran en el futuro mas de un año, empezar a llevar los intereses asta que se terminen dichos trabajos. El resto de intereses, despues de estar en condiciones de uso, sería gasto del ejercicio.

" En los inmovilizados que nesesiten un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, se incluira en el precio de adquisición o coste de producción los gastos financieros que se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento ....girados por el proveedor..correspondan...financiación,..directamente atribuible a la adquisición...."PGC08.

Enumero, según mis vagos conocimientos, las causas que en un futuro darian la posibilidad de capitalizar gastos financieros como mayor valor del solar si las obras duran mas de un años:

Los gastos de acondicionamiento como cierres, movimiento de tierras, obras de saneamiento y drenaje.

Los de derribo de construcciones cuando sea necesario
para poder efectuar obras de nueva planta.

Los gastos de inspección y levantamiento de planos cuando se efectúen con carácter previo a su adquisición.

(sacados de las normas particulares del inmovilizado material sobre solares sin edificar en el PGC08)

Un saludo, espero no haberme equivocado mucho.

Tratándose de una constructora/inmobiliaria habrá que atenerse a la adaptación del PGC para el sector Inmobiliario.

Orden de 28 de diciembre de 1994, por la que se aprueban las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las Empresas Inmobiliarias. (BOE 3/1995 de 04-01-1995)

QUINTA PARTE. Normas de valoración
.../...
13. Existencias
2. Precio de adquisición.- El precio de adquisición comprenderá el consignado en factura más todos los gastos adicionales que se produzcan hasta su puesta en condiciones de utilización o venta. El importe de los impuestos indirectos que gravan la adquisición de las existencias sólo se incluirá en el precio de adquisición cuando dicho importe no sea recuperable directamente de la Hacienda Pública.
Se permite la inclusión de los gastos financieros en el precio de adquisición de los inmuebles, en los mismos términos y condiciones establecidos en la norma de valoración 2.

Veamos la Norma de Valoración 2. Inmovilizado material.
2. Precio de adquisición.- El precio de adquisición incluye, además del importe facturado por el vendedor, todos los gastos adicionales que se produzcan hasta su puesta en condiciones de explotación: gastos de explanación y derribo, transporte, derechos arancelarios, seguros, instalación, montaje y otros similares.
Se permite la inclusión de los gastos financieros en el precio de adquisición, siempre que tales gastos se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de explotación del activo, y hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, destinada a financiar la adquisición. En este caso, su inscripción en el activo deberá señalarse en la memoria.
Se entenderá que el activo está en condiciones de explotación cuando, reuniendo los requisitos necesarios, esté disponible para su utilización con independencia de haber obtenido o no los permisos administrativos correspondientes.
Si se trata de un activo compuesto por partes susceptibles de ser utilizadas por separado, y la fecha en que están en condiciones de explotación es distinta para cada una de ellas, deberá interrumpirse la capitalización de los gastos financieros en momentos distintos para cada parte del activo.
Asimismo, cesará la capitalización de los gastos financieros en el caso de producirse una interrupción en la construcción del inmovilizado.
En el caso de terrenos y solares, a efectos de incorporar los gastos financieros como mayor precio de adquisición, se entenderá que están en condiciones de explotación cuando hayan finalizado las obras necesarias para que queden disponibles para la realización de la construcción.

Es decir, serian activables los intereses de financiación de la compra de un solar o terreno, hasta el momento en que el solar o terreno , como tal ,queda en condiciones de cumplir con el cometido al que se supone está destinado, construir en él un edificio.

Valga todo ello en precisión del tema.

Mi empresa va a dar grandes beneficios este año y querríamos saber que tipo de compra podemos hacer para que se considere un gasto para bajar ese beneficio tan alto.

Amigo mio,una compra no deja de ser una inversión, bien del Inmovilizado Material o bien para reflejo en existencias del Circulante.Con ello el resultado continua siendo el mismo.
Antes perspectivas de jugosos beneficios, de los que no puedo por menos que felicitaros,(pensaba que la crisis afectaba a todo quisqui, pero por lo visto existen onrosas excepciones), lo que toca hacer es revisar toda clase de provisiones para cubrir riesgos latentes que puedan existir en vuestro Balance ( posibles morosos),política de amortizaciones,coberturas por gastos devengados de los que no se ha recibido y contabilizado la factura,periodificaciones de costes personal ya devengados pendientes de pago.Revisión de inventarios a nivel de existencias reales físicas, provisión por deterioros,etc. etc.