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LEASING

BUENOS DIAS:
TENGO UN PEQUEÑO LIO CON EL LEASING. UNA DE LAS EMPRESAS QUE LLEVO TIENE UN LEASING DE UN VEHICULO DESDE HACE UN PAR DE AÑOS. AL CIERRE DEL 2007 LA CUENTA 272, TENIA SALDO. AHORA, ¿LA TENGO QUE SALDAR CON UNA CUENTA DE RESERVAS?

No, la tienes que saldar contra la cuenta de reconocimiento de la deuda del "leasing", de tal manera que esta refleje solo el capital pendiente de amortizar.

V.M.
Yo tambien tengo una confusión con los intereses del leasing.
Antes yo hacia con el recibo mensual del leasing:

524
472
a 572 pago del recibo
______________

662
a 272 intereses del recibo
_____________
681
a 2817 Amortización mensual del bien
____________
174
a 524 Ajuste a corto

Que tendria que hacer actualmente con el recibo del leasing?
y el saldo de la 272 lo traspaso a la 174?
Aun no he podido hacer la conversión.
Disculpar y gracias.

Como bien se ha comentado la cuenta 272 desaparece del nuevo plan contable porque ahora los intereses sólo se contabilizan en el momento que se producen.
El saldo de la cuenta va a parar a la 178 y la 5207 según sea a largo o corto.
De esa manera en estas cuentas sólo estará contabilizada la parte de la deuda que corresponde al coste del bien sin los intereses ni el IVA.
A la hora del recibo del leasing se haría el siguiente asiento:

DEBE:
5207
162
472
HABER
572
Como puedes ver los intereses que antes contabilizabamos al final del año ahora se contabilizan mes a mes. Por ello el recibo de la factura del leasing tiene que ir desglosado la parte del coste del bien y los intereses igual como está desglosado también el IVA de la operación.

Espero habertelo aclarado.

V.M.

V.M.
Gracias, pero sigo teniendo dudas (soy ya mayor y me cuesta) el asiento del vencimiento de las cuotas yo lo imputo de la sguiente forma:
52 Deudas a corto plazo
662 Intereses de deudas
472 Hacienda, iva soportado a 57 Tesoreria
(Según Jesus Omeñaca (Deusto))
Si no tubiera el saldo de la 272.
La confusión es con el saldo de la c/272, que queria traspasarlo a la c/174 y seguir saldandolo como la 272, ¿es aceptable?
Disculpar y muchas gracias.

Cuando contabilizaste el leasing en su día debíste hacer una asiento parecido a este:
debe
217 (valor compra)
272 (intereses)
haber
174 (cuota sin iva a plazo largo)
520 (cuota sin iva plazo corto)

Cuando pagabas los recibos mes a mes:

debe:
520
472
haber
572

Al final del año pasarias los intereses:

debe:
662
haber
272

y asi estabas cancelando año a año el saldo que teniamos en la cuenta 272 a la firma del contrato del leasing.

Ahora como los intereses se deben pasar mes a mes debemos cancelar el saldo que tenemos en la cuenta 272. ¿Como?
Pues de alguna manera desaciendo lo que hicimo.

debe:
520
174

haber
272

Así en la cuenta de acreedores a corto plazo estará la deuda del bien sin los intereses que se irán contabilizando mes a mes tal como vayan haciéndose efectivos.
Lo mismo ocurriría con la cuenta 174 de acreedores por arrendamiento a plazo largo.

No se si he sabido explicarme. Espero que lo entiendas ahora.

V.M.
GRACIAS, CREO QUE SI, SALUDOS

Buenos días, al hacer la conversión de las cuentas en mí programa de contabilidad, tengo saldo en la cuenta 217 arrendamientos financieros, y no sé con qué cuenta del Nuevo Plan Contable la tengo que corresponder, me podríais ayudar?
Gracias

V.M.
Habrá que traspasar el activo arrendado.
y el asiento podria ser:

20 Inmovilizado intangible
21 Inmovilizado material
22 Inversiones inmobiliarias a 217 Derechos sobre bienes en
regimen de arrendamiento
de arrendameinto financiero
Según la cuenta que represente el activo arrendado.

Muchas gracias

Hola a todos, espero me puedan ayudar.
Estoy tratando con el banco un leasing para una nave en un polig industrial, el banco me dijo que lo hiciera por leasing ya que tenia mas ventajas fiscales y yo no tendria que hacer frente al pago del IVA de la compra. A parte de que el banco lleva casi dos meses para hacer la operacion, no paro de llevarme malas sorpresas. HOy, 2 dias antes de la firma en el notario, me dicen que yo tengo que pagar los gastos de notaria y escritura de la nave que compra Leasing Ibercaja, y que ademas tengo que pagar otros 5000€ de gastos del contrato de cesion de arrendamiento financiero que ellos necesitan, ¿es eso asi? tengo que pagar yo los gastos de escrituras de la propiedad que compra Ibercaja Leasing y que me arrienda a mi? ¿tengo que pagar yo los gastos del contrato de arrendamiento financiero? adjunto lo que me piden.
COMPRA. SUJETA AL IVA. PRIMERA ENTREGA. SUJETA AL IVA. (IMPORTE DE LA
COMPRA: 156.263,15 EUROS)

CONCEPTO IMPORTE EN EUROS
Notario (aproximado) 500,00
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (1%)1.562,63
Registro de la Propiedad (aproximado) 300,00
Plusvalía Municipal (aproximado) 0,00
Honorarios Asesoría (IVA incluido) 266,80
TOTAL 2.629,43

CESIÓN EN ARRENDAMIENTO FINANCIERO DEL INMUEBLE (232.924,68 Euros)

CONCEPTO IMPORTE EN EUROS
Notario arrendamiento (aproximado) 850,00
Notario póliza afianzamiento (aproximado)600,00
Impuesto Actos Jurídicos Documentados (aproximado)2.329,25
Registro de la Propiedad (aproximado) 510,00
Honorarios Asesoría (IVA incluido) 214,60
TOTAL 4.503,85

en total me piden 7133,28€ por la compra que YO NO HAGO, osea que hace Ibercaja Leasing para luego arrendarmelo a mi, ¿Es esto asi?

HOLA; AHORA ME PRESENTAN LA DOCUMENTACION DE UN LEASING DE UN VEHICULO, COMPRADO EN 2007. COMO LO HAGO? CONTABILIZANDO TODO EL LEASING DESDE SU INCIO O PROCEDO DESDE ESTE AÑO DEJANDO FUERA LO YA ABONADO Y NO CONTABILIZADO, PONIENDO COMO IMPORTE DE COMPRA LO QUE QUEDA PENDIENTE DE PAGAR A LA FECHA?
GRACIAS.

A repedro:

Mira, lo lógico es que de una forma de otra, el banco te repercuta todos los costes que le suponga a ellos la adquisición de un bién, para posteriormente "vendertelo" a ti(mediante arriendo financiero). Su negocio no es la compra/venta, sino los negocios bancarios.

Si no te lo cobran aparte, te lo cobrarán mediante la correspondiente cuota. Pero ten seguro, que los bancos, no van a soportar los gastos de adquisición como propios. No es ese su negocio. Compran lo que sea, formalizan todos los costes y gastos habidos y por haber (Precio adquisición del bién, escrituras, formalidades, impuestos, etc.), y ese es su coste total. Naturalmente, después lo quieren recuperar, y aparte su negocio o beneficio bancario. ¿No es lógico?. Ellos tiene un precio de costo total, le suman su beneficio aparte, y todo ello, de una forma u otra, lo tendrás que pagar. Por partidas independientes o por cuotas. Pero lo pagará el que compre. Así son los negocios.

Por lo tanto, el que compra, antes de cerrar un negocio se tiene que informar de todo cuanto le corresponda pagar. Es decir, pedir un presupuesto cerrado. Todo incluido. "Llave en mano". Todo por escrito. Y así no habrá sorpresas.

Saludos.

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