Banner Cursos CEF.- Contabilidad

 Este foro está permanentemente cerrado. Nos vemos en Facebook y Linkedin.

Subvenciones

Antecedentes.- En los presupuestos generales de 2007 de una Comunidad Autónoma está aprobada, para una empresa publica, una subvención para inversiones de capital por importe de 1.000 €, por lo que el 1 de enero esa empresa contabiliza un cargo a la cuenta 4708 y un abono a la cuenta 130 por importe de 1.000.

Durante el ejercicio se reciben, a cuenta de esa subvención, 700 €, por lo que se contabiliza un cargo a la cuenta 572 y un abono a la cuenta 4708 por dicho importe.

Dado que los presupuestos son anuales, la empresa pública deberá devolver en el ejercicio siguiente el importe que no haya invertido en ese año.

Al 31 de diciembre la empresa ha invertido solamente 600 €, por lo que, e independientemente de la imputación a resultados en el mismo porcentaje que las amortizaciones practicadas, contabiliza un cargo a la cuenta 130 por importe de los 100 € (700 – 600) que no ha invertido y un abono a la 4758 por el mismo importe, por las cantidades percibidas y no invertidas.

En este momento la cuenta 130 presenta un saldo acreedor de 300 €, que se corresponden con las cantidades pendientes de recibir y no invertidas, teniendo como contrapartida la cuenta 4708.

Pregunta.- Teniendo que contabilizar un cargo en la cuenta 130 por 300 €, ya que tenemos la obligación de devolver las subvenciones no invertidas, ¿que es lo correcto: realizar un abono en la cuenta 4758, aumentando el saldo del importe a devolver o contabilizar el abono en la cuenta 4708, puesto que ya no tenemos ningún derecho a cobrar esa subvención?

Muchas gracias