Impuesto sobre sociedades

Sociedades.Varias pilas de monedas, la más alta tiene una carita sonriente y las demás tristes

El impuesto de sociedades es un tributo que grava la renta que obtienen las sociedades y otras entidades jurídicas con independencia de su origen. Se trata de un tributo directo, personal, que grava la renta total del contribuyente y tiene un devengo periódico. La normativa aplicable es la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

El hecho imponible está compuesto por la renta mundial que obtenga la sociedad, es decir, por la renta que obtenga tanto en territorio español como en otros países, considerando los tratados internacionales sobre doble imposición que se hayan ratificado por España.

La base imponible del Impuesto sobre Sociedades será el importe de la renta obtenida en el período impositivo por el contribuyente, cualquiera que fuese su fuente u origen, minorada por la compensación de bases imponibles negativas de períodos impositivos anteriores.

A la hora de liquidar el impuesto se tendrán en cuanta los pagos fraccionados realizados a través del modelo 202 realizados en los meses de abril, octubre y diciembre, si se obtuvo un resultado positivo en la última declaración del Modelo 200. El porcentaje que se paga en los pagos fraccionados, como regla general, es el 18% del importe del Modelo 200.

La presentación del impuesto sobre sociedades se debe realizar a través de certificado electrónico.

NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

1. Nuevo tipo de gravamen reducido (23%)

La rebaja del Impuesto de Sociedades del 25% al 23% es una de las principales novedades fiscales incluidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de este año 2023.

A partir del 1 de enero de 2023 y con carácter indefinido, las sociedades que en el año anterior hayan facturado menos de un millón tendrán un tipo reducido del 23% en lugar del tipo general del 25%.

Tipos impositivos del impuesto sobre sociedades en 2023

Para poder localizar la cuota íntegra hay que aplicar el tipo de gravamen que pertenezca a la Base Imponible según el tipo de entidad.

  • 25% tipo de gravamen general: el que se aplica a sociedades anónimas y sociedades limitadas.
  • Gravamen especial:
    • Microempresas, pymes y entidades de reducida dimensión, 23%: introducido el 1 de enero de 2023, para las entidades y sociedades que su cifra de negocios en el año anterior haya sido menor a 1 millón de euros.
    • Sociedades de nueva creación, salvo las que tengan que tributar a un tipo inferior, 15%
    • Cooperativas fiscales protegidas, 20%
    • Entidades sin fines lucrativos que utilicen el régimen fiscal previsto en la Ley 49/2002, 10%
    • Sociedades, Fondos de Inversión y Fondos de activos bancarios, 1%

Plazo de presentación y modelos:

  • Modelo 200: realizar la presentación del 1 al 25 de julio, períodos impositivos que coincidan con el año natural.
  • Modelo 202: autoliquidación trimestral. El vencimiento de plazo para la presentación es del 1 al 20 de abril, octubre y diciembre.
  • Modelo 220: del 1 al 25 de julio, períodos impositivos que coincidan con el año natural. Es el modelo establecido para Entidades en régimen consolidación fiscal.

2. Amortización acelerada de determinados vehículos

Las inversiones en nuevos vehículos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV que estén afectos a la actividad de la empresa y vayan a entrar en funcionamiento entre 2023 y 2025 podrán amortizarse el doble de rápido de lo establecido en las tablas oficiales de amortización.

3.  Régimen fiscal especial de las Islas Baleares

En la Disposición adicional septuagésima, la Ley 31/2022 de PGE para 2023 incorpora un régimen fiscal especial de las Islas Baleares con vigencia de seis años, de 2023 a 2028, ambos inclusive.

Este régimen tiene semejanza al aplicado en las Islas Canarias,
Introduce dos ventajas fiscales: reserva para inversiones en las Islas Baleares y una bonificación en la cuota para empresas agrícolas, industriales, pesqueras y ganaderas.

4. Posibilidad de aplazar el impuesto

Las empresas emergentes pueden solicitar atrasar el Impuesto de Sociedades correspondiente a los dos primeros periodos impositivos en los que la base imponible sea positiva: 12 meses para el primer periodo y 6 meses para el segundo, desde la finalización del plazo de ingreso en periodo voluntario, y sin tener que pagar intereses de demora.

5. Mejor fiscalidad de la retribución basada en entrega de acciones o participaciones a los empleados

Las empresas emergentes pueden utilizar hasta un 20% de sus acciones para la fórmula retributiva a los empleados stock options.
También se incrementa de los 12.000 euros a los 50.000 euros anuales la exención a la retribución para acciones o participaciones. La condición de empresa emergente deberá haberse cumplido en el momento de la concesión de las opciones de compra.

6. Mejores condiciones en la deducción en el IRPF por inversión

Se incrementa el tipo de deducción del 30% al 50%. Y se aumenta la base máxima de 60.000 euros a 100.000 euros. También se amplía de tres a cinco años el plazo para suscribir las acciones o participaciones, desde la constitución de la sociedad, y hasta siete años para determinadas categorías.