Novedades del nuevo Reglamento de auditoría de cuentas: mayor seguridad para afianzar la calidad de las auditorías

El pasado 30 de enero se ha publicado en el Boletín Oficial de Estado (núm. 26) el Real Decreto 2/2021, de 12 de enero, por el que se aprueba el nuevo Reglamento de auditoría, que viene a desarrollar la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas. Con ello y con algún matiz, se completa la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas, dotando dicho marco de mayor seguridad jurídica, en aras de afianzar la calidad de las auditorías para servir a la función de interés público que desempeña.
En este artículo se expondrán los distintos aspectos que se modifican, y que van desde el acceso al ejercicio de la actividad hasta su régimen de supervisión, pasando por los diferentes aspectos relacionados con el propio desempeño de la auditoría. No puede dejar de resaltarse que la mayor importancia de la nueva regulación se produce respecto al régimen del deber de independencia (en aspectos como los conflictos de intereses, causas de incompatibilidad, normas de limitaciones de honorarios, procedimientos para su identificación, todo en aras de preservar la independencia); a la organización interna y del trabajo (incluyendo los deberes de conservación y documentación); a las consideraciones específicas incorporadas por razón de tamaño; al informe de auditoría; y a las auditorías de estados consolidados, entre otros.

Palabras claves: auditoría; Reglamento de auditoría de cuentas; Ley de auditoría de cuentas; independencia; ICAC.

Enrique Rubio Herrera
Interventor y auditor del Estado
Auditor inscrito en el ROAC
Presidente de ICAC (hasta febrero de 2020)

Sumario

1. Introducción
2. Antecedentes y contexto
3. Principales aspectos regulados

3.1. Delimitación de la actividad
3.2. Aspectos relativos a la realización efectiva de la actividad

3.2.1. Régimen del deber de independencia
3.2.2. Organización interna de los auditores
3.2.3. Documentación del trabajo de auditoría
3.2.4. Auditorías de estados consolidados
3.2.5. Informe de auditoría
3.2.6. Contrato de auditoría
3.2.7. Auditoría conjunta
3.2.8. Formación continuada
3.2.9. Garantía financiera


3.3. Aspectos previos al inicio del ejercicio

3.3.1. Acceso al ejercicio: requisitos de formación teórica y práctica
3.3.2. Registro Oficial de Auditores de Cuentas

3.4. Auditores de entidades de interés público
3.5. Consideraciones por razón de tamaño
3.6. Aspectos posteriores a la realización del ejercicio: supervisión

4. Entrada en vigor
5. Reflexiones

Referencias bibliográficas

Este artículo se ofrece en ABIERTO

Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núm. 456 (marzo 2021)