Nueva interpretación CINIIF 21 Gravámenes

El pasado 14 de junio de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el Reglamento (UE) nº 634/2014 por el que se inserta en el Anexo del Reglamento (CE) nº 1126/2008 la Interpretación CINIIF 21 Gravámenes. 

El objetivo de dicha norma es proporcionar orientaciones sobre el tratamiento contable adecuado de los gravámenes comprendidos en el ámbito de aplicación de la Norma Internacional de Contabilidad 37 Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes, a fin de mejorar la comparabilidad de los estados financieros en beneficio de los usuarios.

Un gravamen, de acuerdo con la citada Interpretación, es una salida de recursos que incorporan beneficios económicos impuesta a las entidades por las administraciones públicas con arreglo a la legislación, salvo las salidas de recursos que queden dentro del alcance de otras Normas y las multas u otras sanciones que se impongan por el incumplimiento de una obligación.

La interpretación que ahora se incluye dentro del Reglamento nº 1126/2008 no se ocupa de la contabilización de los costes que ocasiona el reconocimiento del pasivo por el pago de un gravamen. Serán las entidades las que deban aplicar otras Normas para decidir si el reconocimiento del pasivo por el pago de un gravamen da lugar a un activo o a un gasto.

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