Plan de contabilidad adaptado a las formaciones políticas

Se ha publicado en el  Boletín Oficial del Estado el Plan de Contabilidad adaptado a las Formaciones Políticas, el cual es de aplicación obligatoria para los partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 8/2007 sobre financiación de los partidos políticos. No obstante, no tendrán carácter vinculante los movimientos contables incluidos en la quinta parte del Plan de Contabilidad y los aspectos relativos a numeración y denominación de cuentas incorporadas en la cuarta parte, excepto aquellos que contengan criterios de registro o valoración.

El Plan de Contabilidad de las Formaciones Políticas tiene la misma estructura que el Plan General de Contabilidad, es decir, se estructura en cinco partes:

  • Marco Conceptual de la Contabilidad
  • Normas de registro y valoración
  • Cuentas anuales
  • Cuadro de cuentas
  • Definiciones y relaciones contables.

La primera parte, Marco Conceptual de la Contabilidad, establece las premisas fundamentales para contabilizar las operaciones realizadas por las formaciones políticas, para cuya redacción se ha partido del documento” Marco Conceptual de la Información Financiera de los Partidos Políticos” y de la regulación legal contenida en la ya citada Ley 8/2007.

Adicionalmente, teniendo en cuenta que la actividad de los partidos políticos no esta orientada a la consecución de un resultado, en su elaboración también se aprecian semejanzas con el Marco Conceptual de la Contabilidad aplicable a las entidades in fines lucrativos.

En cuanto a las normas de registro y valoración de las formaciones políticas no introducen diferencias en el tratamiento contable de las operaciones en función de la dimensión económica de la entidad que informa. Esta decisión de justifica por un doble motivo, por un lado, la prohibición de realizar actividades mercantiles introduce una simplificación en los criterios contables, y por otro, por considerar que una aplicación gradual de los requerimientos contables garantizará un efectivo cumplimiento de las nuevas obligaciones impuestas por la Ley Orgánica 8/2007.

Puede consultar el Plan de Contabilidad adaptado a las Formaciones Políticas aquí