Venta de un solar con pacto de entrega posterior a la firma del contrato de compraventa

Como contabilizar la venta de un activo con fecha de entrega posterior a la fecha de compraventa. Manos estrechándose

Puede ocurrir que una empresa ceda un bien de su inmovilizado a un cliente comprometiéndose este último, a cambio de dicho bien, a consumir los productos de la empresa cuya entrega constituye su actividad ordinaria. El cliente devolverá el bien cedido una vez cese el consumo de los productos.

Igualmente puede darse el caso de que la empresa con el fin de promocionar sus productos y favorecer su venta invierta en elementos físicos como rótulos, mobiliario y carteles (son los llamados costes de abanderamiento) que explotará el cliente.

Según lo establecido en la Consulta 4 del BOICAC 67 de septiembre de 2006, con carácter general, un bien se incorpora al patrimonio de la sociedad adquirente cuando se produce la transmisión de los riesgos y ventajas significativos asociados al mismo. Según lo establecido en la consulta parece desprenderse que existe un alquiler implícito, ya que la parte vendedora va a continuar disfrutando del inmovilizado vendido y, por lo tanto, el precio de adquisición incluirá, además de la parte monetaria, la retribución que supone la utilización «gratuita» del bien, debiendo valorarse esta ultima parte de acuerdo con el valor de mercado en ese momento de dicha cesión de uso. Adicionalmente en la contabilización de los beneficios de enajenación del inmovilizado se incluirá como menor importe de los mismos los gastos inherentes a la operación. Si el vendedor retiene de forma significativa los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad, la operación no deberá registrarse como una venta sino que el cedente deberá reflejar la entrada de tesorería, con abono a una deuda en al pasivo del balance hasta que se considere que se ha transmitido el activo.

EJEMPLO

La sociedad X vende el día 01 de enero del 2020 una nave, pactando con el comprador que la misma se entregará dos años después de haber firmado el contrato de compraventa. Durante dicho plazo de dos años la sociedad X seguirá utilizando la nave sin contraprestación alguna.

El precio de venta se fija en 200.000 euros y el valor razonable en ese momento es de 140.000 euros.

Se disponen de los siguientes datos:

  • Terrenos y bienes naturales: 90.000 euros
  • Construcciones: 150.000 euros
  • Amortización acumulada de Construcciones: 100.000 euros

Se estima que el valor razonable del alquiler de una nave similar asciende a 15.000 euros.

Caso 1. Se vende sin posibilidad de rescisión de contrato.
Caso 2. Se vende con una condición suspensiva por la que la sociedad X puede rescindir el contrato en cualquier momento dentro de los dos años hasta la entrega devolviendo lo recibido mas un 5% de interés simple anual.

Solución

  • Caso 1
    1 de enero de 2020.

Código

Cuenta

Debe

Haber

2811
Amortización acumulada Construcciones
100.000
 
572

Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
(200.000 + 42.000)

242.000
 
26
Anticipos entregados l/p prestación de servicios
15.000
56
Anticipos entregados c/p prestación de servicios
15.000
 
472

HP, IVA soportado
(30.000 x 21%)

6.300
 
210
Terrenos y bienes naturales  
90.000
211
Construcciones  
150.000
477

HP, IVA repercutido
(230.000 x 21%)

 
48.300
771
Beneficio procedente del inmovilizado material  
90.000
  • 31 de diciembre de 2020:

Código

Cuenta

Debe

Haber

621
Arrendamientos y cánones
15.000
 
56
Anticipos entregados c/p prestación de servicios
15.000
 
56
Anticipos entregados c/p prestación de servicios  
15.000
56
Anticipos entregados c/p prestación de servicios  
15.000
  • 31 de diciembre de 2021:

Código

Cuenta

Debe

Haber

621
Arrendamientos y cánones
15.000
 
56
Anticipos entregados c/p prestación de servicios  
15.000

  • Caso 2
    1 de enero de 2020.

Código

Cuenta

Debe

Haber

572

Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
(200.000 + 42.000)

242.000
 
472

HP, IVA soportado
(30.000 x 21%)

6.300
 
521
Deudas a c/p  
200.000
477

HP, IVA repercutido
(230.000 x 21%)

48.300
  • 31 de diciembre de 2020:

Código

Cuenta

Debe

Haber

66
Intereses de deudas
10.000
 
521
Deudas a c/p
10.000
  • 31 de diciembre de 2021:

Código

Cuenta

Debe

Haber

621
Intereses de deudas
10.000
 
56
Amortización acumulada Construcciones
100.000
 
621
Deudas a c/p
220.000
 
621
Deudas a c/p  
10.000
621
Terrenos y bienes naturales  
90.000
621
Construcciones  
150.000
621
Beneficios procedentes del inmovilizado material  
80.000