7 pilares sobre los que se sustenta la ética de los auditores de cuentas

La importancia de la ética de los auditores para salvaguardar su independencia. Imagen de equipo de trabajadores y trabajadoras en una oficina frente a un ordenador

Los escándalos en las auditorías, aunque muy sonados, son excepciones que empañan la buena labor de la mayoría de los auditores de cuentas, que han elegido esta profesión, entre otras cosas, porque son personas integras y con sólidos principios éticos.

A nivel internacional, las deficiencias en la auditoría de Enron, una empresa estadounidense de energía con sede en Houston, Texas, condujo a la quiebra a dicha empresa y a la disolución de Arthur Andersen, una de las cinco sociedades de auditoría y contabilidad más grandes del mundo.

El caso Enron, motivó la promulgación de la Ley Sarbanes-Oxley, que aumentó la responsabilidad de las empresas auditoras, con el objeto de garantizar su neutralidad e independencia con respecto a sus clientes.

En España, también se condenó al auditor de Pescanova por no haber advertido que el resultado positivo que arrojaba la situación financiera de la sociedad no se correspondía con la realidad, ya que según el Tribunal, el auditor tenía que haber discrepado de la contabilidad de la sociedad, poniendo de manifiesto todas las incoherencias, descuadres de cifras e inexactitudes que se reflejaban en sus papeles de trabajo.

Otro caso de gran impacto en España, fue el caso del Banco Popular, en el cual el Tribunal Supremo ratifico una multa impuesta a la empresa auditora por el ICAC, por incumplir con su obligación de obtener evidencias suficientes sobre aspectos muy relevantes del balance de la entidad.

Los escándalos en las auditorías, principalmente se deben a que la independencia de los auditores se ve comprometida, por lo que las diferentes normas a nivel nacional e internacional buscan reforzar la independencia de los auditores.

El auditor de cuentas debe mantener un difícil equilibrio, para no pecar en su informe de auditoría, de un excesivo alarmismo, que puede provocar serios problemas a la sociedad auditada, pero, por otra parte, no puede ocultar hechos relevantes, sobre todo si suponen una alteración significativa de la realidad de la empresa.

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Objetivos globales del auditor independiente

La norma internacional de auditoría 200 (NIA-ES 200) recoge los objetivos globales del auditor. En la realización de la auditoría de estados financieros, los objetivos globales del auditor son:

  • La obtención de una seguridad razonable de que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error, que permita al auditor expresar una opinión sobre si los estados financieros están elaborados de conformidad con el marco de información financiera aplicable.
  • La emisión de un informe sobre los estados financieros, y el cumplimiento de los requerimientos de comunicación contenidos en las NIA.
  • En todos los casos en los que no pueda obtenerse una seguridad razonable y una opinión con salvedades en el informe de auditoría no sea suficiente para informar a los usuarios de los estados financieros, las NIA requieren que el auditor deniegue la opinión o que renuncie al encargo (o dimita), si las disposiciones legales o reglamentarias aplicables así lo permiten.

Principios éticos que deben regir en los auditores de cuentas

Todos los profesionales de la auditoría encuadrados en el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España deben cumplir el Código de Ética aprobado por este organismo.

En este código se establecen los principios éticos fundamentales aplicables a los profesionales de la auditoría.

La defensa del interés público requiere que el auditor aplique estos principios éticos, ya que tiene una responsabilidad pública en relación con la información financiera que audita.

Las circunstancias en las que los profesionales de la auditoría desarrollan su actividad pueden dar origen a amenazas en relación con el cumplimiento de los principios éticos fundamentales, por lo que se hace necesario este marco conceptual que permita al profesional de la auditoría identificar, evaluar y responder adecuadamente a las amenazas que puedan afectar al cumplimiento de los principios éticos fundamentales que deben cumplir.

Los principios éticos que gobiernan las responsabilidades profesionales del auditor son:

INTEGRIDAD

Los profesionales de la auditoría deben ser íntegros, una integridad que les obliga a actuar con imparcialidad y a ser veraces. Además, un profesional de la auditoría no debe estar asociado a informes, declaraciones, comunicaciones o cualquier otra información cuando tenga la certeza de que exista o pudiera existir un riesgo significativo en relación con:

  • La inclusión de aseveraciones falsas o que puedan conducir a errores significativos.
  • La inclusión de aseveraciones o informaciones suministradas imprudentemente.
  • La omisión de información o la inclusión de información confusa cuando dichos aspectos conduzcan o pudieran conducir a interpretaciones erróneas.

OBJETIVIDAD

Los auditores no pueden permitir que su criterio y juicio profesional se vean afectados por sesgos, conflictos de interés o influencias de terceros, ya que en el ejercicio de su actividad el auditor puede estar expuesto a situaciones que pudieran afectar a su objetividad.

COMPETENCIA

Los profesionales de la auditoría deben mantener sus conocimientos y su capacidad profesional de forma continuada y al nivel necesario para asegurar que los clientes reciban un servicio profesional competente.

Un servicio competente requiere el ejercicio de criterios profesionales sólidos en la aplicación de los conocimientos y las técnicas profesionales necesarios para el desempeño de dicho servicio.

El mantenimiento de la competencia profesional requiere de una continua puesta al día de los conocimientos y de las técnicas profesionales. El desarrollo profesional continuado fomenta y mantiene la habilidad que permite a un profesional de la auditoría actuar de forma competente en su entorno profesional.

DILIGENCIA

Los auditores deben actuar con la debida diligencia de acuerdo con las normas técnicas y profesionales aplicables cuando presten sus servicios profesionales.

CONFIDENCIALIDAD

La profesión de auditor exige confidencialidad, por lo que tienen que guardar secreto profesional, de manera que no pueden revelar información confidencial obtenida como resultado de sus relaciones profesionales, sin una autorización apropiada y específica, a menos que exista un derecho o deber profesional o legal que lo exija o permita. Tampoco pueden utilizar información confidencial obtenida como resultado de sus relaciones profesionales para su ventaja personal o la de terceros.

El profesional de la auditoría debe mantener el secreto profesional, incluso en su entorno social, es decir, frente a familiares, amigos y compañeros de trabajo. En el caso de los compañeros de trabajo, salvo que sea estrictamente necesario para el desarrollo de la auditoría que se pudiera estar llevando a cobo.

Además, se deben tomar todas las medidas razonables para asegurar que el personal colaborador bajo su control y las personas a las que realiza consultas o solicita ayuda respeten también el secreto profesional.

PROFESIONALIDAD

El principio de profesionalidad impone a los profesionales de la auditoría la obligación de cumplir con las leyes y reglamentos aplicables y evitar cualquier acto que pudiera originar descrédito a la profesión. Más en concreto, al ofrecer y promocionar sus servicios no deben dañar la reputación de la profesión.

HONESTIDAD

Los profesionales de la auditoría deben ser honestos y veraces, de manera que no deben hacer aseveraciones exageradas sobre los servicios que son capaces de prestar, las aptitudes que poseen, o la experiencia de que disponen.

El cumplimiento de estos principios éticos fundamentales puede verse amenazado por una amplia variedad de circunstancias, por lo que los auditores deben conocer las salvaguardas que pueden eliminar o reducir las amenazas a niveles aceptables o controlables.

Entre las salvaguardas se encuentra la aplicación de las normas profesionales y de la legislación vigente, como el Real Decreto 2/2021, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en donde se concretan los supuestos en los que la independencia del auditor puede resultar comprometida.

Entre los principales objetivos de este Real Decreto, se encuentran:

  • Aumentar la confianza en la auditoría de cuentas, tras el descrédito al que se ha visto sometida después de varios escándalos protagonizados por algunas firmas de auditoría.
  • Reforzar la credibilidad del informe de auditoría, incrementando la fiabilidad de la información financiera que se audita y en la que confían los terceros.
  • Reforzar la transparencia en la actuación de los auditores.
  • Garantizar aún más su independencia.

Para poder ejercer como auditor de cuentas es imprescindible inscribirse en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), pero para ello, entre otros requisitos, es imprescindible tener una solida formación teórica, que debe actualizarse periódicamente, y poder acreditar una formación práctica mínima de 3 años, o de 8 si el candidato no posee titulación oficial universitaria.

En el Real Decreto 2/2021, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, se dedica un capítulo a la formación continuada de los auditores, en el que se desarrolla la obligación de los auditores de cuentas de realizar actividades de formación continuada, con el fin de mantener el adecuado nivel de exigencia en relación con la actualización de sus conocimientos.

La formación continuada de los auditores de cuentas debe orientarse al mantenimiento y actualización del conocimiento de las materias a que se refiere el artículo 9.2.c) de la Ley 22/2015, de 20 de julio, con el fin de poder garantizar el correcto cumplimiento de la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas, dentro de un entorno financiero y mercantil en continuo cambio y cada vez más complejo.

Para todos aquellos interesados en formarse como auditores, el CEF.-, en colaboración con la UDIMA, pone a su disposición el Máster en Auditoría de Cuentas, una completa formación, que dispensa a los profesionales que obtengan el título de las pruebas de la primera fase de aptitud de acceso al ROAC.

José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Colaborador del CEF.-