5. Cálculo del impuesto y base imponible

El impuesto se calcula aplicando un porcentaje (tipo de gravamen) a una magnitud denominada base imponible, que coincidirá casi siempre con el precio de adquisición de los bienes y servicios comprados, importe por el que figuran éstos contablemente.

La regla general es que la base del impuesto está constituida por el importe total de la contraprestación de las operaciones sujetas al mismo.

La cuantificación de la contraprestación es una operación compleja, en la que se parte del precio unitario pactado por las partes adicionándole determinadas partidas que indica la ley y restando otras que no se integran dentro de tal concepto. El resultado de estas operaciones será la base imponible.

Son partidas que se incluyen dentro del concepto de contraprestación:

  • Gastos de comisiones, envases y embalajes, portes y transportes, seguros y primas por prestaciones anticipadas.
  • Las subvenciones vinculadas directamente al precio de las operaciones sujetas al mismo.
  • Los tributos y gravámenes de cualquier clase que recaigan sobre las mismas operaciones gravadas, excepto el propio IVA. Aquí también se incluyen los Impuestos Especiales que se exijan en relación con los bienes que sean objeto de las operaciones gravadas.
  • Las percepciones retenidas con arreglo a derecho por el obligado a efectuar la prestación en los casos de resolución de las operaciones sujetas al impuesto.

 

Comentarios

Necesitaría saber como es la fórmula utilizada para calcular una base cuando en los contratos de alquiler te dan una cantidad más IVA.
Ejemplo. Yo alquilo un local y cobro 1000€ más IVA. ¿Cómo se calcula la cantidad real a percibir sin contar con los descuentos que hay que aplicar? Diciendo esto sería 1000 mas 16% IVA menos IRPF 18% 1000+160-180 TOTAL 980 Ó sería 1000+160- 208,80 TOTAL 951,20
De antemano les quedo muy agradecida por sus respuestas.Saludos