CONSTRUCCIONES
Enviado por raguilera el Mié, 31/10/2007 - 12:14
creo que me he equivocado, he contabilizado en el año 2006 directamente en 221 una inversión que todavía no esta terminada.
lo puedo arreglar en el 2007?
de 221 a 231
y luego cuando ya se termine en 2007 o 2008 pasarlo a 221
cuando comienzo a amortizar cuando termine la obra y todo esté en 231 o empiezo ya.
Si solo contabilizaste la
Si solo contabilizaste la inversión, sin amortizar nada, puedes retrocederla hacia la 231 tal como propones.
El inicio de la amortización será cuando la construcción esté terminada y en condiciones de operar en su funcionalidad, coincidente con el traspaso de la 231 a la 221, no antes.
error grave
el error es grave ya que también amorticé la inversión.
682 282
por el procentaje correspondiente a las inversiones
hice lo siguiente?
xxx 22100026 41000052 xxx
xxx 41000052 57200010 xxx
y al final del año amortización
x 6280026 28200026 x
pero como la construcción no esta terminada todavía tienen que venir mas facturas.
Donde las debo contabilizar en 231 y cuando termine a la 221 que ya tengo creada?
seguir amortizando 221 con la cantidad que tengo actual?
estoy un poco asustada a haber hecho algo que no debia pero no lo sabia.
Bueno, te precipitaste,
Bueno, te precipitaste, peró tranquila que todo tiene remedio.
Antes de entrar en detalles ,interesaria saber el importe que activaste y empezaste amortizar de manera indebida, así como el valor total de la obra que presumes pueda ascender.
gracias
En el año 2005 2.280 euros de un proyecto
en 2006:
03-02-06 19.703,50
04-10-06 77,70
total 22.061,20
luego al final de cada año amorticé cada factura según los meses que las he tenido en mi poder:
de 03-02-06 a 31-12-06
y 04-10-06 a 31-12-06
con el porcentaje del 10%
que locura no?
lo cierto es que le pagamos a una asesoria para que rebice la contabilidad, no se no se habrá dado cuenta.
gracias y me gustaria que te pusieras en contacto por mail por si no entiendo bien lo que tengo que hacer, claro ya doy por hecho que me vas a ayudar.
raguilera710@hotmail.com
valor
me olvidé pero es una eléctrica de gran valor 880.000 aproximado pero como te digo no ha comenzado,sólo un proyecto y un estudio. Gasto de papeleo, pero ya lo he estropeado, no me parece abrir el 2005 ni el 2006 ni presentar otros libro.
gracias
Bien creo que podrias hacer,
Bien creo que podrias hacer, dentro del actual 2007, traspasar estos 22.061,2 €, desde la 221 a la 231 y al propio tiempo retroceder los 2000 y pico de euros que habrás contabilizado de amortizaciones hasta el cierre del 2006.
A partir de aquí continua activando el resto de inversiones del proyecto en la 231-Construcciones en curso, hasta el momento en que su coste total sea dado de alta definitivamente en la 221 y comenzar a amortizar.
Traspasa el saldo de la
Traspasa el saldo de la cuenta en la que esta contabilizado a la 231 y las amortizaciones yo las anularia contra la 779. De ese modo tienes en inmovilizado en curso los importes invertidos hasta ahora y la amortizacion anulada. Eso si, en caso de una inspeccion de hacienda, si descubren esa amortizacion te la pueden no considerar gasto y liquidarte la diferencia. Pero no creo que se paren en eso, sobre todo si al año siguiente se ve que has arreglado el "entuerto".
Saludos
ultima duda
gracias a las pesonas que me han respondido, he entendido perfectamente que el saldo de 221 lo paso a la 231 construcciones en curso y luego cuando finalice la obra será 221 definitivamente, y conmizo a amortizar.
lo que no me queda muy claro es como retroceder la amortización:
2328€ 682 a 282 2328€ (eso lo hice en el 2006)
prdría hacer lo siguiente:
caso a:
-2328€ 682 a 282 -2328€ (estaría bien)
caso b:
2328 282 a 779 2328€ (ingreso y bº de ejercicio anteriores)
QUE CASO HARÍA EL A O EL B
ESTA ES LA ÚLTIMA PREGUNTA YA NO MOLESTO MAS.
Mejor por el sistema B . No
Mejor por el sistema B . No soy partidario de las partidas en negativo,prefiero utilizar el intercambio de los términos Debe/Haber.
En cuanto a la cuenta de abono de las amortizaciones, siendo una regularización sobre un concepto de un ejercicio anterior, la cuenta teórica seria, como bien te indica el amigo "hechicero" , la 779, aunque por la poca importancia del ajuste,se podria contabilizar por su naturaleza en la 682 y de esta manera la partida quedaria camuflada con los valores propios del ejercicio y nos ahorrariamos reflejarla en la 779, cuenta que siempre es objeto de control, en caso de una posible inspección.
Completamente de acuerdo
Completamente de acuerdo contigo amigo Petrus (tambien me permito llamartelo). Yo soy partidario de no "darle muchas pistas a Hacienda" con determinados errores, de los que como humanos ninguno estamos libres. Pero ya sabemos que Hacienda "no es humana" y los errores en contra suya los lleva mal, por lo que seria mejor (si el saldo lo permite) "camuflar" el ajuste en la cuenta 682 y de ese modo no resulta tan aparente el error cometido el ejercicio anterior.
Saludos
GRACIAS
pues como soy tan miedica, lo voy a hacer con la opción A, utilizando la 682 y no al 779, por si acaso, no pensaba que nadie respondería, pero me ha sorbrendido haber encontrado la solución a mi probrema y aprender cosas, ya que leyendo las dudas de los demás también aprendo.
Voy a hacer un curso en SAGE Contaplus SP, en Sevilla, para enterarme bien de las nuevas modificaciones para el 2008. Espero aprender y no liar nada.
Espero que en la próxima duda me ayudeis igual
UN SALUDO
¿Que hago?
SI ME DI DE ALTA EN HACIENDA POR HONORARIOS Y ME DICEN QUE TENGO QUE HACER DECLERACION MENSUAL DEL I.S.R, EL EUTU Y I.V.A COMO LE HAGO
QUE PRODUCTOS ME SIRVEN LAS FACTURAS PARA PODER DEDUCIR LOS IMPUESTOS SI ESTOY TRBAJANDO EN UNA RAMA DE LA SEMANARP COMO BIOLOGA
POR FAVOR AYUDEME
maritt561@hotmail.com