Nuevo Plan General de Contabilidad (España)

Debate general relacionado con el Nuevo Plan General de Contabilidad de España.

QUITAR EL SALDO DE UN PROVEEDOR QUE HA DESAPARECIDO UY NO SE LE VA A PAGAR

hola
Tengo en el Banlance al 01-01-2008 a un proveedor que desaparecio hace mas de cinco años y no se le la pagado y ha reclamado el importe era un periodico mi empresa en se publicidad, en su debido momente yo me hice la deduccion correspondiente y tambian del iva soportado, como lo saldo en contabilidad. Lo llevo a un ingreso extraordinario o que hago?.
Espero respusta

Subvención por viaje al extranjero

Hola!!!

hemos recibido de la Cámara de Comercio una subvención por importe de unos 500 euros en concepto de reducir el gasto que nos ocasionó el desplazamiento al extranjero.

Creo que la cuenta a utilizar en el nuevo plan será la 740 realizando el siguiente asiento:
Debe: 500 (57)
Haber: 500 (740)

Me surgen varias dudas acerca de esto, a ver si me podeís ayudar;

PRINCIPIO DE IMPORTANCIA RELATIVA EN PRESTAMO T.I.E.

Buenas.
Me surge una duda, teniendo en cuenta el principio contable de "importancia relativa", se podría seguir contabilizando un préstamo a largo plazo como en en el anterior PGC, sin tener en cuenta el tipo de interés efectivo del nuevo, si las comisiones de apertura no son lo suficientemente significativas?
Por Ej. Hipoteca a 20 años. Capital 150.000,00. Comisión apertura 0,5%.
Y más aún si es PYME.
¿Podríamos contabilizar las comisiones como gastos del ejercicio, y las cuotas por la liquidación que nos da el banco de intereses y capital?

GASTOS DE CONSTITUCION

Buenos días a todos.
Los gastos de constitución (Notario, Registr, etc.) de un SL constituida en 2008. ¿Van a reservas o Gastos de ejercicio (623)?.
Tengo claro que si el saldo se arrastra del antiguo PGC, se salda con reservas, pero ¿Y al constituir una nueva SL en 2008?

Gracias anticipadas.

IMPORTACIONES

LLEVO UNA EMPRESA INDIVIDUAL, QUE COMPRA A ECUADOR. LA EMPRESA A LA QUE COMPRA, LE MANDA LA FACTURA EN DOLARES. AL LLEGAR LA MERCANCIA A MADRID, LA RECOGE UNA EMPRESA ESPAÑOLA QUE PAGA EL IVA EN ADUANA Y POSTERIORMENTE NOS EMITE UNA FACTURA, PONIENDO DICHO IVA MAS LOS GASTOS QUE HA PAGADO EN ADUANA COMO SUPLIDOS. POSTERIORMENTE, PAGA LA FACTURA DE LA EMPRESA DE ECUADOR. ¿CÓMO DEBERÍA CONTABILIZAR TODAS ESTAS OPERACIONES, TENIENDO EN CUENTA QUE NO ES UNA SOCIEDAD? POR FAVOR, CONTESTARME RAPIDO, PORQUE ESTOY BASTANTE LIADA CON ESTE TEMA. MUCHAS GRACIAS

Páginas