Nuevo Plan General de Contabilidad (España)

Debate general relacionado con el Nuevo Plan General de Contabilidad de España.

CONTABILIZAR FACTURA AÑO 2007

Buenas tardes:
Gracias por atender mi consulta.

En el mes de Agosto hemos encontrado 3 facturas del año 2007 que no están contabilizas en el 2007.

Mi pregunta es ¿si esas factuas con el nuevo plan que hay que llevarlas a la cuenta 113?, y si eso es así el asiento seria:

113
472 a 400 ?

Y luego ¿que habria que hacer con ese gasto que se ha puesto en la 113? ¿cual seria el asiento?

Gracias de nuevo por vuestra ayuda.

Compensar comisiones

Buenas tardes,

somos una empresa que vende a través de comisionista en Alemania, es decir, venta que realizamos en Almenania nuestro agente se lleva el 10%.
El registro contable que realizamos es el siguiente por ejemplo;

Debe:
10.000 (430)
1000 (623)
Haber:
10.000 (700)
1000 (4109)---> provisionamos el gasto de comisión ya que no nos envía factura hasta pasado un tiempo.

A su vez a este agente le vendemos nuestros productos (en este caso no genera comisión), por ejemplo:
Debe:
300 (430)
Haber:
300 (700)

La cuestión que os planteo es la siguiente:
¿Se podría liquidar la 430 con la 4109?
Aunque creo que no, pienso que la forma más correcta sería que cuando nos enviara la factura hicieramos lo siguiente:
Debe:
1.000 (4109)
Haber:
1.000 (4100)

Distribucion dividendos con cargo a reservas

Hola a todos necesito hacer un reparto de dividendos con cargo a reservas voluntarias de una empresa que en principio cumple todos los requisitos para ello.

En concreto estos dividendos se van a utilizar para saldar la cuenta de socio que esta demasiado alta.

Podriais decirme cuales son los pasos a seguir, Como se estima la cantidad que puedo repartir? puedo repartir cualquier cantidad mientras que pague sus oportunas retenciones? hay que realizar algun tipo de acta? o basta con incluirlo en la memoria de este ejercicio?

Saludos y gracias

VENTA INMOBILIZADO CON GANANCIA

Tengo una pequeña duda, si vendo una furgoneta y tengo un beneficio en la venta, despues de aplicar la correspondiente amortizacion y todo como iria el asiento.
Con lo del nuevo PGC habria que hacer algun asiento para reflejar la parte de ese beneficio que iria al impuesto de sociedades, esque creo que me estoy liando.
Gracias.

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