Adaptación del Plan General de Contabilidad de los fondos carentes de personalidad jurídica a aquellos fondos que realicen operaciones de cobertura de riesgos por cuenta del Estado
Enviado por Editorial el Lun, 14/12/2020 - 12:33Se publica en el BOE LA Resolución de 3 de diciembre de 2020, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad de los fondos carentes de personalidad jurídica a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria a aquellos fondos que realicen operaciones de cobertura de riesgos por cuenta del Estado.
Las vigentes normas de contabilidad aplicables a los fondos carentes de personalidad jurídica cuya dotación se efectúe mayoritariamente desde los Presupuestos Generales del Estado se han aprobado por Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado de 1 de julio de 2011, por la que se aprueban las normas contables relativas a los fondos carentes de personalidad jurídica a que se refiere el apartado 2 del artículo 2 de la Ley General Presupuestaria y al registro de las operaciones de tales fondos en las entidades aportantes del sector público administrativo.