Novedades Legislativas

Modificación de la Norma Internacional de Informacion Financiera 9 Instrumentos financieros

El pasado 12 de octubre de 2017, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC/IASB) publicó una serie de modificaciones de la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 9: Instrumentos financieros Componente de pago anticipado con compensación negativa y es ahora cuando la UE, tras la aprobación por parte del Consejo, ha publicado en su boletín oficial el Reglamento (UE) 2018/498 de la Comisión, de 22 de marzo de 2018, por el que se adoptan dichas modificaciones. Las modificaciones tienen por objeto aclarar la clasificación de determinados activos financieros con posibilidad de pago anticipado cuando se aplique la NIIF 9.

Modificación de la NIC 40 Inversiones inmobiliarias

Se publica el Reglamento (UE) 2018/400 de la Comisión, de 14 de marzo de 2018 que modifica el Reglamento (CE) nº 1126/2008 por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a la Norma Internacional de Contabilidad (NIC 40)

En esta ocasión se modifica la NIC 40 Inversiones inmobiliarias con el objeto de aclarar cuándo una empresa puede reclasificar un inmueble en la categoría de “Inversiones inmobiliarias” o a partir de ella. Para ello:

Modificación de la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 2 Pagos basados en acciones

El DOUE de 27 de febrero ha publicado el Reglamento (UE) 2018/289, de 26 de febrero de 2018 por el que se modifica la Norma Internacional de Informacion Financiera 2 Pagos basados en acciones.

Mediante dicho Reglamento se modifica:

  • El párrafo 19 relativo al tratamiento de las condiciones para la irrevocabilidad de la concesión.
  • Los párrafos 30, 31 y 33 sobre transacciones con pagos basados en acciones liquidadas en efectivo.
  • El párrafo 52 referente a la informacion a revelar.
  • El párrafo 63 sobre la fecha de vigencia.

Contabilidad pública. Ampliación del plazo para la tramitación de las operaciones con incidencia en el inventario Sorolla

Contabilidad pública. Ampliación del plazo para la tramitación de las operaciones con incidencia en el inventario Sorolla

Se amplía el plazo, mediante la Resolución de 2 de febrero de 2018, de la IGAE, al Ministerio de Fomento para aplicar el procedimiento previsto en la regla 78 quater de la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, aprobada por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996.

Modificación de determinadas normas internacionales de contabilidad y de información financiera

Modificación de determinadas normas internacionales de contabilidad y de información financiera

El pasado 8 de febrero el DOUE publicó el Reglamento (UE) 2018/182 de la Comisión de 7 de febrero de 2018, que modifica el Reglamento (CE) nº 1126/2008, por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a la Norma Internacional de Contabilidad 28 y a las Normas Internacionales de Información Financiera 1 y 12.

Requisito de independencia en cuanto a contabilidad de los regímenes de tarjetas de pago y entidades procesadoras

Los regímenes de tarjetas de pago y las entidades procesadoras deberán contar con procedimientos contables que les permitan elaborar información financiera sobre cuentas de pérdidas y ganancias separadas y notas explicativas sobre dicha información financiera. Estos requisitos no deberán sustituir ni modificar los principios contables y normas o requisitos relativos a los estados financieros anuales que ya se aplican a los regímenes de tarjetas de pago y las entidades procesadoras.

Con este fin, es conveniente especificar cómo deberán asignarse los ingresos y gastos según dichos procedimientos contables. Estos procedimientos contables deberán estar debidamente documentados, en particular en relación con la transferencia de fondos entre los regímenes de tarjetas de pago y las entidades procesadoras.

Publicado el tipo de interés máximo a utilizar en el cálculo contable de la provisión de seguros de vida para 2018

El Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, en su disposición adicional quinta regula el régimen de cálculo de las provisiones técnicas a efectos contables. El apartado segundo de esta disposición señala que en lo referente al tipo de interés a utilizar en el cálculo de la provisión de seguros de vida para los contratos celebrados antes del 1 de enero de 2016, las entidades aseguradoras y reaseguradoras aplicarán el artículo 33 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre (ROSSP), sin perjuicio de la opción de adaptación a la estructura temporal pertinente de tipos de interés sin riesgo, para el cálculo de la provisión correspondiente a los contratos que apliquen lo previsto en los apartados 1.a)1.º y 1.b)1.º del artículo 33 del ROSSP.

Normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros para entidades de crédito

El Banco de España ha aprobado mediante la Circular 4/2017, de 27 de noviembre las normas de información financiera pública y reservada y los modelos de estados financieros para las entidades de crédito.

El objetivo de la presente circular es adaptar el régimen contable de las entidades de crédito españolas a los cambios del ordenamiento contable europeo derivados de la adopción de dos nuevas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) –la NIIF 15 y la NIIF 9–, que a partir del 1 de enero de 2018 modificarán los criterios de contabilización de los ingresos ordinarios y de los instrumentos financieros, respectivamente, resultando estos últimos de especial trascendencia para las entidades de crédito.

Divulgación de Información no financiera

El pasado 25 de noviembre se publicó el Real Decreto-ley 18/2017, de 24 de noviembre por el que se modifica, entre otras normas, la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.

La divulgación de información no financiera o relacionada con la responsabilidad social corporativa contribuye a medir, supervisar y gestionar el rendimiento de las empresas y su impacto en la sociedad. En este contexto, con el fin de mejorar la coherencia y la comparabilidad de la información no financiera divulgada, algunas empresas deben preparar un estado de información no financiera que contenga información relativa, por lo menos, a cuestiones medioambientales y sociales, así como relativas al personal, al respeto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el soborno. De acuerdo con la Directiva 2014/95/UE ese estado debe incluir una descripción de las políticas de resultados y riesgos vinculados a esas cuestiones y debe incorporarse en el informe de gestión de la empresa obligada o, en su caso, en un informe separado correspondiente al mismo ejercicio que incluya el mismo contenido y cumpla los requisitos exigidos.

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