José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga

Artículos escritos por José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga

Invitación a participar en las mesas redondas conjuntas EFRAG-IASB sobre el proyecto de Estados Financieros Principales

proyecto

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas presenta en su página web una invitación a participar en las mesas redondas conjuntas EFRAG-IASB sobre el proyecto de Estados Financieros Principales.

En diciembre de 2019, el IASB publicó el Proyecto de Norma General Presentation and Disclosures. El Proyecto de Norma establece propuestas para una Norma NIIF sobre presentación e información a revelar en los estados financieros que, una vez finalizada, reemplazaría a la NIC 1 Presentación de Estados Financieros. También establece las modificaciones propuestas a otras Normas NIIF.

Como contabilizar las compras de operaciones exentas de IVA y de las no sujetas

Compras exntas de IVA y compras no sujetas a IVA. Imagen de una mujer haciendo cuentas con la calculadora y un ordenador

A la hora de contabilizar determinadas facturas de proveedores o acreedores, los contables se pueden encontrar con facturas exentas de IVA o con facturas que incluyan conceptos como tasas y cánones, que están no sujetos al IVA.

Además, en determinados casos se puede dar el caso de que en una misma factura se encuentran partidas exentas o no sujetas al IVA, junto con otras partidas que si están sujetas al impuesto y en las que por lo tanto se incluye el IVA.

En relación al registro contable de estas operaciones la Agencia Tributaria aclara lo siguiente:

  • Se deben registrar en el libro registro de facturas recibidas las facturas con operaciones exentas, teniendo en cuenta que en los campos correspondientes al importe de la factura solo es necesario consignar la “Base imponible” e indicar "cuota deducible" cero.
  • Se deben registrar en el libro registro de facturas recibidas las facturas que recogen operaciones no sujetas teniendo en cuenta que en los campos correspondientes al importe de la factura solo es necesario consignar la “Base imponible” e indicar "cuota deducible" cero.

Resolución por la que se resuelve el procedimiento de reconocimiento de grupos de investigación correspondientes a la: “IIª Convocatoria de Grupos de Investigación en Contabilidad”

El Centro de Estudios Financieros, CEF.- agradece la buena acogida que ha tenido la segunda convocatoria de Grupos de Investigación de Contabilidad para la elaboración y difusión de artículos de carácter científico.

Todas las solicitudes recibidas, pertenecientes a grupos de investigación formados por excelentes profesionales y académicos, han supuesto un reto para el comité de evaluación a la hora de tomar la decisión en el proceso de selección debido a la calidad tanto de los integrantes como de los proyectos presentados.

No realización del depósito de las cuentas anuales: sanciones y cierre de la hoja registral

No realización del depósito de las cuentas anuales: sanciones y cierre de la hoja registral. Imagen de un equipo de trabajo planificando un trabajo con un portátil

A pesar de las negativas consecuencias que puede tener para una empresa no realizar el depósito de sus cuentas anuales en el Registro Mercantil, no son pocas las empresas que dejan de realizan este trámite, incumpliendo con esta obligación.

Las empresas pueden no realizar este trámite por diferentes motivos, como dejadez o no querer que se haga pública la situación de la empresa, pero el principal motivo suele ser la inactividad de muchas de ellas que sin embargo figuran dadas de alta en el Registro Mercantil.

La presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales se debe realizar dentro del mes siguiente a su aprobación, debiendo realizarse en el registro que le corresponda según el domicilio social de la empresa. El cómputo del mes será de fecha a fecha (art. 5 del Código Civil). Por ejemplo, si la junta se celebra el 30 de junio, el último día del plazo es el 30 de julio.

En relación a la aprobación de las cuentas anuales la Ley de sociedades de capital (LSC) establece que deberán ser aprobadas en junta general, dentro de los primeros seis meses de cada ejercicio, para, en su caso, aprobar la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado.

Novedades en relación al depósito de las cuentas anuales

Modelos. Imagen de persona con portátil, calculadora, papel y pluma para trabajo con cuentas

Una vez aprobadas las cuentas anuales solo queda el trámite de presentarlas para su depósito en el Registro Mercantil. Este trámite se debe realizar dentro del mes siguiente a su aprobación  en el Registro Civil que corresponda según el domicilio social de la empresa. Sin embargo, para realizar este trámite correctamente, es conveniente tener en cuenta las novedades para la presentación y deposito de las cuentas anuales del ejercicio 2021.

La Ley de sociedades de capital (LSC) establece que las cuentas anuales deberán ser aprobadas en junta general, dentro de los primeros seis meses de cada ejercicio, para, en su caso, aprobar la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado.

Aprobados los modelos de presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales y de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación

Modelos de presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales y de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación. Imagen de calculadora y gafas sobre papel con operaciones matemáticas

La Orden JUS/616/2022, de 30 de junio recoge los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación. Las novedades que se incluyen en los nuevos modelos, en relación a los anteriores aprobados por la orden JUS/794/2021, de 22 de julio, por tipo de modelo y apartado, serían las siguientes:

Digitalización contable: 7 utensilios del contable que pasarán a formar parte de la historia

Digitalización. Portátil, papeles, gafas, taza de café sobre una mesa

La digitalización es una realidad imparable que afecta de manera especial a la profesión de los contables y a los asesores de empresas. La profesión está sufriendo ya una importante transformación digital que se nota de manera más visible en las grandes empresas.

En los próximos años el puesto de trabajo del contable se seguirá transformando y muchas de las herramientas de trabajo que se utilizan en la actualidad irán desapareciendo, al igual que lo hicieron los libros contables que se cumplimentaban a mano y ahora forman parte de la historia.

¿Cuál es el tratamiento contable y fiscal de la compensación de facturas o netting?

¿Cuál es el tratamiento contable y fiscal de la compensación de facturas o netting? Imagen de una chica joven mirando un papel con su portatil en la mesa

La compensación de deudas entre empresas, también conocida por el anglicismo netting, es una forma de extinción de las obligaciones de pago. Esta forma de pago tiene lugar cuando dos entidades son deudoras la una de la otra, de forma que el que tiene la deuda de mayor importe, descuenta a la hora de pagar las facturas que se le deben.

El pago por compensación se regula en el artículo 1195 de nuestro Código Civil, en donde se indica que se podrá producir el pago por compensación en aquella situación en la que dos personas son, por derecho propio, recíprocamente deudoras y acreedoras la una de la otra.

En el artículo 1196 se especifican los requisitos necesarios para que se pueda proceder a la compensación de deudas, siendo los siguientes:

  • Que cada uno de los obligados lo esté principalmente, y sea a la vez acreedor del otro.
  • Que ambas deudas consistan en una cantidad de dinero, o, siendo fungibles las cosas debidas, sean de la misma especie y también de la misma calidad, si ésta se hubiese designado.
  • Que las dos deudas estén vencidas.
  • Que sean líquidas y exigibles.
  • Que sobre ninguna de ellas haya retención o contienda promovida por terceras personas y notificada oportunamente al deudor.

El principio de importancia relativa en la contabilización de subvenciones de escaso importe: combustibles y formación bonificada

Subvenciones. Mujer haciendo en el ordenador un plan contable mientras usa una calculadora

Por medio del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptaron medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, se estableció una bonificación extraordinaria y temporal en el precio de determinados productos energéticos.

El importe de la bonificación para los consumidores finales es de 0,20 euros por cada litro o, en el caso del GNC o GNL, por cada kilogramo. Estas bonificaciones están siendo ampliadas también por determinadas redes de estaciones de servicios que realizan descuentos de 0,10 euros por litro o kilogramo.

El plazo de aplicación de esta bonificación es desde el 1 de abril al 30 de junio de 2022, ambos incluidos.

7 trucos de magia para mejorar tu contabilidad

Los buenos contables deben reflejar la imagen fiel de la empresa con su contabilidad. Imagen de mujer y hombre de frente con bola flotando entre sus manos

La contabilidad de muchas empresas es mejorable, debido principalmente a errores contables que se acumulan. En muchos casos estos errores se producen por una deficiente formación de contables que pasaron por la empresa y dejaron su falta de pericia plasmada en determinados asientos contables.

Un error cometido en un asiento contable, si no se corrige en el ejercicio en el que se produce, se traslada a la cuenta de resultados y al balance de situación. Si esto sucede, las cuentas de activo, pasivo o patrimonio neto de los siguientes ejercicios arrastrarán saldos erróneos derivados de los errores cometidos en el pasado.

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