Adquisición de acciones propias para cancelar un plan de remuneración con instrumentos de patrimonio neto, y registro del correspondiente pago a cuenta del IRPF. NRV 17ª y NRV 21ª
Enviado por Editorial el Mar, 26/07/2016 - 14:10Consulta 3, BOICAC 106 DE JUNIO DE 2016.
Sobre el tratamiento contable de la adquisición de acciones propias para cancelar un plan de remuneración con instrumentos de patrimonio neto, y acerca del registro del correspondiente pago a cuenta del IRPF.
Respuesta:
La consultante (que es la sociedad dominante de un grupo) afirma que para contabilizar el acuerdo alcanzado ha seguido la interpretación publicada por este Instituto en la consulta 7 del BOICAC nº 75, de septiembre de 2008, sobre cómo deben registrarse las operaciones de pagos a empleados de una sociedad en instrumentos de patrimonio concedidos por su dominante, tanto desde el punto de vista de la sociedad dominante como de la dependiente.