Aportaciones recibidas por una fundación para financiar un programa de becas. Normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos. NRV 8ª
Enviado por Editorial el Mar, 17/04/2018 - 13:47Consulta 3, BOICAC 113 DE MARZO DE 2018
Sobre el registro contable de un programa de becas en una fundación.
Respuesta:
La consultante es una fundación que aplica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Además la fundación aplica el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos.




