Vida útil y vida económica del inmovilizado material. MCC, NRV 2ª y NRV 3ª
Enviado por Editorial el Mar, 06/11/2018 - 15:40Consulta 8, BOICAC 115 DE SEPTIEMBRE DE 2018
Sobre el criterio de amortización aplicable a una instalación hotelera, con aula taller, salón para conferencias, etcétera, que ha sido edificada en un terreno clasificado como suelo no urbanizable, previa autorización administrativa en los términos que se indican a continuación.
Respuesta:
El consultante ha recibido, previa tramitación del oportuno expediente administrativo, una declaración de interés comunitario para la atribución del uso y aprovechamiento de un suelo no urbanizable, durante un plazo de vigencia de 25 años. A cambio, el consultante tendrá que pagar a la Administración un canon anual, actualizable anualmente conforme a la variación del Índice de Precios al Consumo.




