Tratamiento contable de una factura en un determinado contrato de arrendamiento operativo. NRV 8.ª y NRV 12.ª
Enviado por Editorial el Mié, 23/07/2014 - 13:00Consulta 3, BOICAC 98 de junio de 2014
Sobre el registro contable de una factura en un determinado contrato de arrendamiento operativo.
Respuesta
Según indica el consultante, la factura incluye unos importes que corresponden al arrendamiento de un módulo de oficina, gastos suplidos a cuenta del consumo eléctrico, regularización por dicho consumo eléctrico, Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y retención al arrendador.
La empresa deberá registrar los gastos, según su naturaleza, teniendo en cuenta el principio de devengo, contenido en el apartado 3º del Marco Conceptual de la Contabilidad (MCC): “Los efectos de las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurran, imputándose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran, los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro.”




