Tratamiento en las cuentas consolidadas de un pasivo contabilizado por un valor superior a su valor razonable. Ajustes del método de adquisición. NFCAC
Enviado por Editorial el Mar, 05/05/2015 - 12:48Consulta 3, BOICAC 101 de Marzo de 2015.
Sobre el tratamiento contable en las cuentas consolidadas de un pasivo que en la fecha de adquisición está contabilizado en las cuentas anuales de la sociedad adquirida por un valor superior a su valor razonable.
Respuesta:
La sociedad consultante es la sociedad Holding española de un grupo multinacional. Con carácter previo al año 2007, la consultante participa en el 100% de una sociedad operativa española. En ese año, adquiere a un tercero otro negocio radicado en España desembolsando por la totalidad de las participaciones 1 euro. Además, como parte del mismo acuerdo, la consultante adquiere un préstamo participativo que la vendedora/prestamista había concedido al negocio. El crédito se adquiere por su valor razonable que es significativamente inferior al coste amortizado por el que el pasivo figura contabilizado en el negocio adquirido.




