Tratamiento contable de una póliza de crédito y un descubierto en cuenta corriente. NRV 9.ª
Enviado por Editorial el Mié, 23/07/2014 - 13:07Consulta 1, BOICAC 98 de junio de 2014
Sobre el tratamiento contable de una póliza de crédito y un descubierto en cuenta corriente.
Respuesta
La primera cuestión planteada se refiere al tratamiento contable de una póliza de crédito concedida a la sociedad y, en particular, al registro contable de las cantidades dispuestas. Asimismo se pregunta sobre las cuentas que deben utilizarse para reflejar la operación.
El Plan General de Contabilidad (PGC), aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, señala el momento en que procede registrar un pasivo financiero. Así, el apartado 5º. Criterios de registro o reconocimiento contable de los elementos de las cuentas anuales, del Marco Conceptual de la Contabilidad (MCC) del PGC, indica que: