Condonaciones de deudas realizadas por fundadores o patronos de fundaciones
Enviado por Editorial el Mié, 25/10/2023 - 12:55Consulta 4, BOICAC 135 DE SEPTIEMBRE DE 2023.
Consulta: Sobre el tratamiento contable de las condonaciones de deudas realizadas por los fundadores o patronos de las fundaciones.
Respuesta
La consulta versa sobre el tratamiento contable de las condonaciones de deudas efectuadas por los fundadores o patronos de un protectorado de una fundación de competencia estatal.
La entidad consultante, haciendo alusión a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y a la normativa contable de aplicación, plantea en qué supuestos las citadas condonaciones de deudas podrían imputarse directamente en el patrimonio neto de las fundaciones sin formar parte de la cuenta de resultados.