Costes a asumir por las empresas en los ERTEs consecuencia del COVID 19. Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de marzo. NRV 18º
Enviado por Editorial el Vie, 04/09/2020 - 15:22Consulta 1, BOICAC 122 DE JUNIO DE 2020.
Consulta:
Sobre el adecuado tratamiento contable de las decisiones adoptadas por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en relación con los costes a asumir por las empresas en los expedientes de reducción temporal de empleo. En concreto, se pregunta si las medidas aprobadas por el Gobierno tienen la naturaleza de subvención y, en su caso, qué conceptos pueden ser considerados como tal.
Respuesta:
El artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020 (RDL), en su apartado primero, señala lo siguiente: