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Tercera edición de la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES

Tercera edición de la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES. Imagen de un calendario en el mes de febrero junto a un boligrafo

El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) prevé publicar la tercera edición de la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES el 27 de febrero de 2025.

El IASB está llevando a cabo una Segunda Revisión Integral de la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES , que emitió en 2009 y modificó en 2015.

Como parte de la primera fase de la Segunda Revisión Integral, el IASB publicó la Solicitud de Información sobre la Revisión Integral de la Norma NIIF para las PYMES . La Solicitud de Información buscaba las opiniones de las partes interesadas sobre si la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES debería actualizarse y, en caso afirmativo, cómo hacerlo para tener en cuenta las Normas de Contabilidad NIIF, las modificaciones a las Normas de Contabilidad NIIF y las Interpretaciones del CINIIF en el alcance de esta revisión.

Videos educativos sobre la Norma de Información Voluntaria para las PYME (VSME)

Vídeos educativos sobre el Estándar Voluntario de Informes de Sostenibilidad para pymes no cotizadas. Hombre de mediana edad trabajando en un ordenador de mesa

El EFRAG ha publicado unos videos educativos sobre la Norma de Información Voluntaria para las PYME (VSME).

Con el objetivo de difundir la norma voluntaria entre los grupos de interés, el  EFRAG ha elaborado tres vídeos explicativos en los que se presentan los aspectos generales de la norma y se detalla el contenido de cada uno de sus módulos. Los vídeos disponibles son:

Procedimiento de remisión de las cuentas anuales y demás información de entidades del sector público empresarial y fundacional del Estado

Se publica la Orden HAC/148/2025, de 7 de febrero, por la que se modifica la Orden EHA/2043/2010, de 22 de julio, por la que se regula el procedimiento de remisión de las cuentas anuales y demás información que las entidades del sector público empresarial y fundacional del Estado han de rendir al Tribunal de Cuentas, y de la información de carácter anual y trimestral a remitir a la Intervención General de la Administración del Estado.

La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en su artículo 137 establece que las entidades integrantes del Sector Público estatal deberán rendir cuentas al Tribunal de Cuentas a través de la Intervención General de la Administración del Estado (en adelante, IGAE). En dicho texto legal se determina quiénes han de ser los cuentadantes de las cuentas a rendir, así como el contenido de las mismas y el procedimiento al que se ha de ajustar dicha rendición, pudiendo distinguirse cuatro actuaciones claramente diferenciadas: formulación de las cuentas anuales, emisión, en su caso, del Informe de auditoría, aprobación de las cuentas anuales y remisión a la IGAE, por parte de los cuentadantes, de la información a rendir al Tribunal de Cuentas y, por último, su envío desde la IGAE al Tribunal de Cuentas.

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