Tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas
Enviado por Editorial el Jue, 03/03/2016 - 10:44El BOE ha publicado el Real Decreto 73/2016, de 19 de febrero, por el que se desarrolla el régimen de autoliquidación y pago de la tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por la expedición de certificados o documentos a instancia de parte, y por las inscripciones y anotaciones en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
Dicho Real Decreto establece el régimen de autoliquidación y pago de la tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) por la expedición de certificados o documentos a instancia de parte, en relación con la información que consta en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, y por las inscripciones y anotaciones en el mencionado Registro Oficial, prevista en el artículo 88 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.