Problemas contables

Adquisición de un activo para donarlo a una entidad sin fines lucrativos

Ejemplo de la adquisición de un activo para donarlo a una entidad sin fines lucrativos (Consulta 2 BOICAC 124). Imagen de pareja sosteniendo una caja de donaciones

Analizamos la consulta 2 del BOICAC 124 de enero de 2021. La consulta versa sobre el tratamiento contable de los ordenadores adquiridos, desde el punto de vista de la sociedad que adquiere dichos ordenadores con la finalidad de donarlos a una ONG o asociación, y se pregunta si la sociedad debe calificarlos como inmovilizado, proceder a su amortización y contabilizar la correspondiente pérdida en el momento de la donación.

Sobre la cuestión planteada, habrá que determinar si los ordenadores adquiridos cumplen los requisitos para poder registrarlos como activos teniendo en cuenta la definición y los criterios de registro contable de los elementos de las cuentas anuales contenida en la primera parte Marco Conceptual de la Contabilidad (MCC) del Plan General de Contabilidad (PGC), aprobado por el Real Decreto de 1514/2007, de 16 de noviembre, ya que, en caso contrario procederá el registro de un gasto.

Aportación no dineraria de una sociedad radicada en el extranjero cuando la aportante y la adquirida aplican NIIF

Aportación no dineraria de una sociedad radicada en el extranjero cuando la aportante y la adquirida aplican NIIF. Imagen de créditos del Mapa Mundial a la NASA

La consulta 3 del BOICAC 123, de septiembre de 2020 versa sobre la aportación no dineraria a una empresa del grupo domiciliada en España de las acciones que otorga el control sobre otra empresa del grupo, que constituye un negocio, cuando la sociedad aportante y la filial, cuyas acciones son objeto de aportación, aplican las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y están radicadas en el extranjero.

La cuestión que se plantea es si sería aplicable la consulta 3 del BOICAC nº 85, de marzo de 2011, donde se recuerda que en caso de que no existan unos valores consolidados del negocio aportado se deben tomar los valores existente antes de realizarse la operación en las cuentas anuales individuales de la sociedad aportante, salvo que el importe representativo de su porcentaje de participación en el patrimonio neto de la sociedad participada sea superior al precio de adquisición, en cuyo caso, se debe emplear el citado importe.

Operaciones entre empresas del grupo NRV 21ª. Escisión parcial mediante segregación de una rama de actividad que constituye un negocio siendo la sociedad beneficiaria de nueva creación

escisión

Operaciones entre empresas del grupo NRV 21ª. Escisión parcial mediante segregación de una rama de actividad que constituye un negocio siendo la sociedad beneficiaria de nueva creación.

Planteamos un caso práctico sobre el tratamiento contable de diversas cuestiones relacionadas con la escisión parcial de una sociedad anónima mediante la segregación de una rama de actividad que constituye un negocio, siendo la sociedad beneficiaria de nueva creación y dependiente al 100 por 100 de la sociedad escindida.

Aportación recibida del proveedor para sufragar parte de los gastos de marketing y publicidad

Como contabilizar una aportación recibida del proveedor para sufragar parte de los gastos de marketing y publicidad. Imagen de puzle con palabras que hacen alusión al marketing

Planteamos un ejemplo sobre el tratamiento contable de la contribución económica que recibe una empresa dedicada a la distribución, por parte de su proveedor, para sufragar parte de los gastos de marketing y publicidad que soporta. Esta temática fue planteada en la Consulta 2 del BOICAC 122 de junio de 2020.

La respuesta del ICAC a dicha consulta fue la siguiente:

La empresa distribuidora está introduciendo en España una marca extranjera, lo que supone una inversión significativa en marketing y publicidad. Por ello, el fabricante colabora de forma periódica con dichos gastos, emitiendo una nota de adeudo. La consulta versa sobre el registro contable en el distribuidor de la aportación recibida del fabricante, en concreto, si debe considerarse un rappel o un ingreso excepcional.

Bonificación extraordinaria y temporal en el precio de venta al público de determinados productos energéticos y aditivos

Bonificación extraordinaria y temporal en el precio de venta al público de determinados productos energéticos y aditivos. Imagen de los precios de una gasolinera

En esta ocasión vamos a plantear un ejemplo práctico relacionado con la Consulta 4 del BOICAC 129, de abril de 2022 en la que se pregunta por el tratamiento contable de la bonificación extraordinaria y temporal en el precio de venta al público de determinados productos energéticos y aditivos.

La consulta se refiere al tratamiento contable de dicha bonificación tanto por parte del colaborador como por el beneficiario.

El Real Decreto-ley, 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, dispone lo siguiente en su artículo 15. Objeto y ámbito de aplicación:

Tratamiento contable de una subvención para cancelar parcialmente un préstamo ICO

Ejemplo sobre el tratamiento contable de una subvención para cancelar parcialmente un préstamo ICO. Imagen de contrato para firmar

La consulta 1 del BOICAC 129, de abril de 2022, versa sobre la contabilización de una subvención recibida para cancelar parcialmente un préstamo ICO concedido con motivo de la pandemia derivada de la COVID-19. Se cuestiona si se debe llevar a ingresos el importe de la ayuda en el ejercicio que se recibe o si se podría diferir el ingreso durante los años que dure el préstamo.

Las subvenciones, donaciones y legados otorgados por terceros, quedan reguladas en la norma de registro y valoración (NRV) 18ª del Plan General de Contabilidad (PGC), aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, (NRV 18ª del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas (PGCPYMES), aprobado por el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre) que en el apartado 1.1 establece lo siguiente en relación con su reconocimiento:

Aplicación de la RICAC de ingresos por una empresa que aplica el PGC de Pymes

Ingresos. Una hucha de cerdito rosa, una mano le echa una moneda y al lado varios montones de monedas

En la Consulta 3 del BOICAC 128 se plantean diversas cuestiones relacionadas con la aplicación de la Resolución de 10 de febrero de 2021 del ICAC, por la que se dictan normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para el reconocimiento de ingresos por la entrega de bienes y la prestación de servicios (RICAC de ingresos) por una empresa que aplica el PGC de PYMES.

El consultante hace referencia a lo indicado en el apartado VI de la introducción del Real Decreto 1/2021 de modificación del Plan General de Contabilidad (PGC), aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre: “La decisión adoptada ha sido no modificar los criterios de (…) reconocimiento de ingresos del PGC de PYMES y mantener así la política de simplificar las obligaciones contables de las empresas de menor tamaño”. Así como lo señalado en el apartado III de la Introducción de la RICAC de ingresos: “la presente Resolución se podrá aplicar de forma subsidiaria por las empresas que apliquen el PGC de PYMES en ausencia de un desarrollo expreso de la operación en su marco de información financiera.”

Adquisición de un crédito deteriorado con garantía hipotecaria

Crédito. Primer plano de una mano firmado un contrato y una casa de madera al lado

La consulta 2 del BOICAC 127 de septiembre de 2021 nos plantea el caso de la adquisición de un crédito deteriorado con garantía hipotecaria, antes y después de la reforma introducida en el Plan General de Contabilidad por el Real Decreto 1/2021, de 12 de enero.

A. Ejercicios iniciados antes del 1 de enero de 2021.

La interpretación de este Instituto sobre el reconocimiento de los ingresos por intereses de un crédito adquirido con deterioro crediticio (que gozaba de garantía real) se publicó en la consulta nº 5 del BOICAC nº 80, de diciembre de 2009.

Cálculo de la cifra de negocios cuando se reciben subvenciones públicas

subvenciones

La Consulta 3 del BOICAC 122 nos plantea como realizar el cálculo de la cifra de negocios cuando la actividad principal de la sociedad está ligada al desarrollo de productos con financiación compartida entre recursos propios y otros procedentes de ayudas/subvenciones públicas para los distintos programas de I+D. Concretamente  pregunta si para determinar la cifra de negocio habría que considerar únicamente las ventas y prestaciones de servicios de carácter mercantil que se recogen en el subgrupo 70 o si también habría que incluir el importe neto de las ayudas recibidas y los trabajos propios realizados para la empresa, ya que la sociedad considera estos conceptos como "ordinarios" en las anualidades en que se están realizando las primeras fases de emprendimiento.

El Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, define la cifra anual de negocios en la norma 11ª de elaboración de las cuentas anuales, indicando:

"11ª Cifra anual de negocios El importe neto de la cifra anual de negocios se determinará deduciendo del importe de las ventas de los productos y de las prestaciones de servicios u otros ingresos correspondientes a las actividades ordinarias de la empresa, el importe de cualquier descuento (bonificaciones y demás reducciones sobre las ventas) y el del impuesto sobre el valor añadido y otros impuestos directamente relacionados con las mismas, que deban ser objeto de repercusión."

Cambio en la estimación sobre el ejercicio de una opción de compra en un contrato de arrendamiento

Arrendamiento. Imagen de la mano de dos hombre, una señala donde tiene que firmar la otra con un bolígrafo

La consulta 2 del BOICAC 120, de diciembre de 2019 nos plantea el caso de una sociedad que firmó, en mayo de 20X5, a título de arrendataria, un contrato de arrendamiento de un complejo de apartamentos con opción a compra.

A la vista del contenido del acuerdo, la sociedad contabilizó desde el principio el arrendamiento como operativo debido a que no existía certeza de que se fuera a ejercitar la opción de compra y, además, el precio de dicha opción era, a la firma del contrato, muy superior al precio de mercado del activo.

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