Sobre la valoración del impuesto diferido en una cooperativa “especialmente protegida”
Enviado por mercedesestrella el Vie, 31/05/2024 - 10:29La consulta 3 del BOICAC 129, de abril de 2022 versa sobre la valoración del impuesto diferido en una cooperativa «especialmente protegida». Veamos la respuesta del ICAC la pregunta planteada y a continuación expones un ejemplo sobre su aplicación práctica.
Respuesta:
La consulta se refiere a una cooperativa especialmente protegida dentro del ámbito de aplicación de la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre el Régimen Fiscal de las Cooperativas, por lo que tributa al tipo impositivo del 20% por los resultados cooperativos y al 25% por los resultandos extracooperativos, disfrutando asimismo de una bonificación en la cuota íntegra del 50%.