El IVA de caja
Enviado por Editorial el Mié, 08/01/2014 - 12:14Una de las novedades introducidas por la tan comentada Ley de emprendedores es el Régimen especial del criterio de caja. De acuerdo con este nuevo régimen aquellos que puedan y decidan acogerse a dicho IVA de caja (se trata de un régimen optativo, al que pueden adherirse las pymes con una cifra de negocios inferior a dos millones de euros) podrán atrasar el devengo del IVA generado en sus operaciones hasta el momento del cobro total o parcial del precio, naciendo el derecho a la deducción de las cuotas soportadas en el momento del pago total o parcial del precio.




