Reducciones de capital social
Enviado por Editorial el Vie, 23/06/2006 - 09:46En la vida de la sociedad pueden darse situaciones en las que se disminuya la cifra de capital social que, al igual que las ampliaciones de capital, conlleva una modificación de los estatutos que se hará constar en escritura pública y se inscribirá en el Registro Mercantil.
El art. 163 Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (en adelante, TRLSA) distingue los siguientes tipos de reducción de capital social:
- Por devolución de aportaciones.
- Por condonación de dividendos pasivos.
- Por restablecimiento del patrimonio de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas.
- Por constitución o incremento de la reserva legal.